Condiciones generales de contratación
Fecha: 4. Juli 2026
Esta traducción se facilita a título informativo. Únicamente la versión alemana es jurídicamente vinculante. versión alemana
Elektro Harz
Titular: Remco Visbach (empresa individual)
Lautenthaler Strasse 32, 38644 Goslar, Alemania
USt-IdNr.: DE273799373
Correo electrónico: info@elektroharz.de
Versión 1.1 · Borrador para revisión jurídica · A fecha de: 4 de julio de 2026
§ 1 Ámbito de aplicación
(1) Estas condiciones generales de contratación (en adelante, «CGC») se aplican a todas las relaciones comerciales entre el vendedor Elektro Harz, titular Remco Visbach, Lautenthaler Strasse 32, 38644 Goslar (en adelante, «vendedor») y el comprador. Las CGC se aplican, en su versión vigente en el momento de la celebración del contrato, también a todas las relaciones comerciales futuras, sin que sea necesaria una nueva indicación.
(2) Estas CGC se aplican exclusivamente frente a empresarios en el sentido del § 14 BGB, personas jurídicas de derecho público y patrimonios especiales de derecho público. El vendedor no suministra a consumidores en el sentido del § 13 BGB.
(3) Las condiciones de contratación divergentes, contrarias o complementarias del comprador solo pasarán a formar parte del contrato en la medida en que el vendedor haya consentido expresamente por escrito su aplicación. Este requisito de consentimiento rige en todo caso, incluso cuando el vendedor, conociendo condiciones de contratación contrarias o divergentes del comprador, ejecute la entrega sin reservas.
§ 2 Celebración del contrato
(1) Las ofertas del vendedor son libres y no vinculantes, salvo que se designen expresamente como vinculantes o contengan un plazo de aceptación determinado.
(2) Los pedidos del comprador constituyen una oferta vinculante. El vendedor puede aceptar esta oferta dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su recepción mediante una confirmación de pedido en forma de texto o mediante la ejecución de la entrega.
(3) Las ofertas a través del portal B2B (b2b.elektroharz.de) tienen una validez de cinco (5) días naturales a partir de su creación, salvo que se indique lo contrario. Transcurrido este plazo, los precios y condiciones ofrecidos caducan automáticamente.
(4) El vendedor se reserva el derecho de rechazar pedidos sin indicación de motivos, en particular en caso de dudas sobre la solvencia del comprador o cuando no se alcance el valor mínimo de pedido según el § 3.
(5) En el caso de ofertas sobre existencias disponibles a corto plazo (mercancía en almacén), se considera reservada la venta intermedia. Las cantidades ofrecidas quedan, hasta la confirmación del pedido, sujetas a la reserva de la disponibilidad efectiva en el vendedor o en sus proveedores.
§ 3 Valor mínimo de pedido
(1) El valor mínimo de pedido asciende a 2.500,00 EUR netos por pedido, salvo que en la oferta correspondiente se indique un valor divergente.
(2) Los pedidos por debajo de este valor mínimo de pedido pueden ser rechazados a libre criterio del vendedor o tramitados con el cobro de un recargo por cantidad mínima. El importe del recargo por cantidad mínima se indica en la oferta correspondiente.
(3) Para determinados artículos pueden aplicarse cantidades mínimas de compra (MOQ). Estas se indican en la oferta correspondiente.
§ 4 Precios y condiciones de pago
(1) Todos los precios se entienden en euros (EUR), netos, en fábrica (EXW Goslar, Incoterms 2020), más el impuesto sobre el valor añadido legal aplicable en cada caso, así como los costes de embalaje, envío y, en su caso, aduaneros.
(2) Para clientes dentro de la Unión Europea, previa presentación de una USt-IdNr. válida, se aplica el procedimiento de inversión del sujeto pasivo (reverse charge) según el § 13b UStG. La validez de la USt-IdNr. es comprobada por el vendedor a través del sistema MIAS/VIES de la Comisión Europea.
(3) Los pagos, salvo acuerdo en contrario, deben efectuarse dentro de los treinta (30) días a partir de la fecha de la factura, sin descuento, netos en su totalidad. El vendedor se reserva el derecho de exigir el pago por anticipado o la prestación de una garantía a clientes nuevos, en pedidos por encima de una determinada magnitud o en caso de dudas sobre la solvencia.
(4) En caso de mora en el pago, el vendedor está facultado para cobrar intereses de demora por un importe de nueve (9) puntos porcentuales por encima del tipo de interés básico aplicable según el § 288 Abs. 2 BGB. Queda reservada la reclamación de un daño mayor.
(5) El comprador solo está facultado para compensar con contrapretensiones no discutidas o declaradas firmes por sentencia. El comprador solo puede ejercer un derecho de retención cuando su contrapretensión se base en la misma relación contractual.
§ 5 Entrega y plazo de entrega
(1) La entrega se realiza en fábrica Goslar (EXW, Incoterms 2020), salvo que se acuerde lo contrario. En operaciones en tránsito, la entrega puede realizarse directamente del proveedor al comprador. La recogida por parte del comprador es posible previa concertación.
(2) Las fechas y los plazos de entrega indicados por el vendedor son, salvo que se acuerden expresamente por escrito como vinculantes, plazos de entrega estándar sobre la base de las condiciones de mercado conocidas en el momento de la elaboración de la oferta. Pueden variar debido a la evolución del mercado, la disponibilidad en los proveedores, las capacidades de transporte y otras circunstancias fuera del ámbito de influencia del vendedor.
(3) Las entregas parciales son admisibles en la medida en que la aceptación sea razonablemente exigible al comprador.
(4) En caso de fuerza mayor, medidas de las autoridades, huelgas, cierres patronales, escasez de energía o de materias primas, retrasos en el transporte u otros acontecimientos imprevisibles, inevitables y no imputables al vendedor, el plazo de entrega se prorroga de forma adecuada. Si el acontecimiento dura más de ocho (8) semanas, ambas partes están facultadas para resolver el contrato.
(5) El envío se realiza por cuenta y riesgo del comprador. El riesgo de pérdida fortuita y de deterioro fortuito se transmite al comprador a más tardar con la entrega al transportista o al porteador.
§ 6 Reserva de dominio
(1) La mercancía entregada permanece en propiedad del vendedor hasta el pago íntegro de todos los créditos del vendedor derivados de la relación comercial con el comprador (mercancía bajo reserva).
(2) El comprador está facultado para reelaborar y enajenar la mercancía bajo reserva en el marco de su actividad comercial ordinaria, mientras no se encuentre en mora en el pago. No se admiten pignoraciones ni transmisiones en garantía.
(3) El comprador cede desde ya al vendedor sus créditos derivados de la reventa de la mercancía bajo reserva por el importe de la factura de la mercancía bajo reserva. El vendedor acepta la cesión.
(4) En caso de comportamiento contrario al contrato por parte del comprador, en particular en caso de mora en el pago, el vendedor está facultado para recuperar la mercancía bajo reserva. En la recuperación por parte del vendedor reside una resolución del contrato, si el vendedor así lo declara expresamente.
§ 7 Garantía por defectos
(1) El comprador debe examinar la mercancía sin demora tras su recepción en cuanto a integridad, defectos evidentes y daños de transporte, y comunicar al vendedor eventuales reclamaciones en forma de texto dentro de los siete (7) días naturales siguientes a la recepción. Los defectos ocultos deben denunciarse sin demora tras su descubrimiento. De lo contrario, la mercancía se considera aprobada (§ 377 HGB).
(2) Las garantías del fabricante se aplican con arreglo a las respectivas condiciones de garantía del fabricante; no afectan a los derechos legales del comprador por defectos frente al vendedor. El vendedor no asume garantías propias, salvo que se aseguren expresamente por escrito.
(3) En caso de reclamaciones de defectos justificadas, corresponde al vendedor, a su elección, el derecho al cumplimiento posterior mediante subsanación o entrega de sustitución. Si el cumplimiento posterior fracasa dos veces, el comprador puede, a su elección, resolver el contrato o reducir el precio de compra.
(4) El plazo de garantía por defectos es de un (1) año a partir de la transmisión del riesgo, salvo que legalmente se prescriba de forma imperativa un plazo más largo.
(5) La mercancía manifiestamente usada, modificada o con el embalaje dañado queda excluida de la garantía por defectos, en la medida en que el defecto se deba a ello.
(6) En el caso de mercancía en almacén, el estado indicado en la oferta (por ejemplo, mercancía nueva, embalaje original, excedente de existencias) se considera la calidad acordada. Las divergencias que se correspondan con el estado indicado no constituyen un defecto. Las indicaciones sobre garantías del fabricante en el caso de mercancía en almacén se realizan según el mejor saber sobre la base de los datos del proveedor.
§ 8 Devolución y derecho de desistimiento
(1) No existe un derecho legal de desistimiento para el comprador como empresario. Las disposiciones del derecho de contratación a distancia (§§ 312 ff. BGB) se aplican exclusivamente a los contratos con consumidores.
(2) Las devoluciones de mercancía en perfecto estado, no defectuosa, solo son posibles previo consentimiento por escrito del vendedor. El vendedor se reserva el derecho de cobrar una tasa de tramitación por un importe de al menos el quince (15) por ciento del valor de la mercancía.
(3) Las fabricaciones especiales, las configuraciones específicas del cliente y los artículos que el fabricante haya marcado como no retornables quedan, por principio, excluidos del cambio y de la devolución.
§ 9 Responsabilidad
(1) El vendedor responde sin limitación por daños derivados de la lesión de la vida, el cuerpo o la salud, así como por daños que se basen en dolo o negligencia grave, y por daños conforme a la Ley de responsabilidad por productos (Produkthaftungsgesetz).
(2) En caso de vulneración levemente negligente de obligaciones contractuales esenciales (obligaciones cardinales), la responsabilidad se limita al daño previsible y típico del contrato.
(3) Por lo demás, queda excluida la responsabilidad del vendedor, cualquiera que sea el fundamento jurídico.
(4) Las anteriores exclusiones y limitaciones de responsabilidad no se aplican en la medida en que el vendedor haya asumido una garantía.
§ 10 Protección de datos
(1) El vendedor trata los datos personales del comprador exclusivamente para la ejecución del contrato y en el marco de las disposiciones legales, en particular el Reglamento General de Protección de Datos (DSGVO) y la Ley Federal de Protección de Datos (BDSG).
(2) Los detalles se desprenden de la política de privacidad, disponible en www.elektroharz.de/datenschutz.
§ 11 Disposiciones finales
(1) El lugar de cumplimiento para todas las prestaciones derivadas de la relación comercial con el vendedor, así como el fuero competente, es Goslar, en la medida en que el comprador sea comerciante, persona jurídica de derecho público o patrimonio especial de derecho público. No obstante, el vendedor está facultado para demandar al comprador también en su sede social.
(2) Se aplica el derecho de la República Federal de Alemania con exclusión del derecho de compraventa de las Naciones Unidas (CISG).
(3) Si algunas disposiciones de estas CGC fueran o llegaran a ser total o parcialmente ineficaces, ello no afectará a la eficacia de las restantes disposiciones. En lugar de la disposición ineficaz se aplicará aquella regulación eficaz que más se aproxime al fin económico de la disposición ineficaz.
(4) Las modificaciones y complementos de este contrato requieren la forma de texto. Esto rige también para la modificación o supresión de esta cláusula de forma de texto.
Elektro Harz · Titular: Remco Visbach · Lautenthaler Strasse 32, 38644 Goslar · USt-IdNr. DE273799373